46. AUTOPISTAS. En las autopistas, además de lo establecido para las vías multicarril, rigen las siguientes reglas: a) El carril extremo izquierdo se utilizará para el desplazamiento a la máxima velocidad admitida por la vía y a maniobras de adelantamiento; b) No pueden circular ,peatones, vehículos propulsados por el conductor, vehículos de tracción a sangre, ciclomotores y maquinaria especial; c) No se puede estacionar ni detener para ascenso y descenso de pasajeros ni efectuar carga y descarga de mercaderías, salvo en las dársenas construídas al efecto si las hubiere; d) Los vehículos remolcados por causa de accidente desperfecto mecánico, etc., deben abandonar la vía en la primera salida. En semiautopistas son de aplicación los incs. b), c) y d).